Nuevo proyecto de Reforma Tributaria

Preparado por Julián López

Anunciamos a nuestros clientes que hoy se conoció el proyecto de ley de reforma tributaria. El Gobierno insiste que no es una reforma tributaria sino una ley de financiamiento, pero con los puntos que resaltamos a continuación se entiende que sí es una reforma tributaria y con cambios muy relevantes. Anticipamos también algunos de nuestros comentarios:

Cambios propuestos en el impuesto sobre la renta de personas jurídicas

  • Reducción gradual de tarifas del impuesto sobre la renta de las personas jurídicas, con tarifas marginales y progresivas de acuerdo con el nivel de renta y que van desde el 27% al 34%. Esto implica progresividad como en las tarifas de las personas naturales, pero podría generar un incentivo perverso al enanismo empresarial.
  • Aumento al 20% de tasa mínima de tributación. Es de resaltar que en estos días se conocerá la sentencia de la Corte Constitucional que decidirá si la tasa mínima del 15% es inconstitucional, puesto que grava rentas y capacidad contributiva que aún no ha recibido la empresa.
  • Aumento de las tarifas de ganancia ocasional del 15% al 20% y por premios derivados, juegos de azar del 20% al 25%.
  • Aumento de tarifas de renta para sector minero energético.
  • Modificación a los intereses presuntivos, que se reconocen en los préstamos entre la sociedad y el socio para efectos tributarios.

Cambios propuestos en el impuesto sobre la renta de personas naturales

  • Aumento de tarifas de renta de personas naturales. La tarifa marginal máxima estaba en 39% y pasa al 41%.
  • Vuelve una limitación en la deducción de dependientes económicos. Un dependiente solo puede ser deducido por un beneficiario de la deducción. La DIAN abrió la posibilidad de concurrencia de beneficiarios en un concepto de 2023, pero con esto se reversa lo que es una realidad económica: un hijo puede ser dependiente económico de sus dos padres.
  • Incremento en la deducción por facturación electrónica en renta de personas naturales. Del 1% pasa al 5% en 2026 y 3% en 2027, lo que lo convierte en un beneficio más atractivo. Recomendamos solicitar factura en las compras y pagar por medios electrónicos, considerando además que esta deducción se ha vuelto de fácil aplicación porque en cada usuario de la web de la DIAN se habilita el listado de compras que le dan lugar a la deducción.   
  • Mayores límites a la deducibilidad de los pagos realizados en efectivo.

Impuesto al patrimonio

  • Aplicación de impuesto al patrimonio también para personas jurídicas. Esto podría generar un riesgo alto de doble tributación. Es recomendable arrancar con la planeación tributaria desde ya para evitar esos efectos.
  • El impuesto al patrimonio se empezaría a pagar por patrimonios líquidos desde $1.882 millones (actualmente arranca en $3.388 millones).
  • Modificación en cálculo de retención en la fuente de asalariados, para que sea lo más cercana posible al impuesto a pagar. En especial, para que no se repita lo que está sucediendo en estos días, que muchos asalariados están teniendo que conseguir créditos para tener la liquidez y pagar su impuesto.

IVA

  • IVA para los juegos de suerte y azar en línea. Este era un tratamiento tributario preferencial de IVA que hace tiempo querían eliminar. Con el auge del sector, se hizo más urgente para el Gobierno.
  • Aumento de tarifa de IVA sobre vehículos híbridos. Del 5% pasa a la tarifa general del 19%.
  • Exención de IVA para generación de energía con fuentes no convencionales. Este servicio pasaría de excluido a exento, lo cual es beneficioso para ese sector pues deberían poder reconocer el IVA pagado como descontable y potencialmente solicitar su devolución.
  • Exclusión de servicios hoteleros de IVA en pequeños municipios.

Otros

  • Creación de incentivo en renta a la denuncia de delitos tributarios y aduaneros. Medida creativa pero que puede tener problemas de aplicación y de constitucionalidad.
  • Eliminación del Régimen Simple de Tributación, lo que afecta el terreno ganado en formalización y simplificación en los últimos años.
  • Modificaciones en las sanciones por incumplimiento de las normas de facturación electrónica. Incluso hay un incentivo a reconocer voluntariamente el incumplimiento.
  • Incremento en la tarifa del impuesto al carbono.

Quedamos a su disposición para discutir de estos asuntos, ir anticipando el efecto de estas posibles modificaciones y trabajar desde ya en la planeación tributaria.

No duden en contactar a Brick Abogados si tienen alguna inquietud o si desean ampliación sobre el tema anteriormente expuesto.

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El presente documento es de carácter exclusivamente informativo, por lo cual no constituye asesoría legal y no compromete la responsabilidad ni la opinión profesional de Brick Abogados.