Resolución 536 del 22 de enero de 2021 y la Resolución 545 del 25 de enero de 2021 “por medio de las cuales se actualizaron las tarifas de los derechos por concepto del ejercicio de la función notarial”

El presente documento ha sido preparado por Brick Abogados especialmente para sus clientes, con el fin de informar lo dispuesto por la Resolución 536 del 22 de enero de 2021 y la Resolución 545 del 25 de enero de 2021 (en adelante “las Resoluciones”) expedidas por la Superintendencia de Notariado y Registro, por medio de las cuales se actualizaron las tarifas de los derechos por  concepto del ejercicio de la función notarial, en los siguientes términos:

(i)                 Autorización de declaraciones de voluntad:

La autorización de declaraciones de voluntad que, de conformidad con la ley o por voluntad de los interesados, deban ser elevadas a escritura pública, causará los siguientes derechos:

Acto Valor
Actos sin cuantía COP$62.700
Actos con cuantía igual o inferior a $179.600 COP$21.300
Actos con cuantía superior a $179.600 Tarifa única de 3×1.000
Liquidación de herencias y sociedad conyugales con

cuantía igual o inferior 15 SMLMV1

COP$62.700
Liquidación de herencias y sociedad conyugales con

cuantía superior a 15 SMLMV2

Tarifa única de 3.5×1.000

Adicional a los valores antes mencionados, se causará la suma de COP$3.900 por cada hoja utilizada para el instrumento.

(ii)              Otras actuaciones notariales:

Las demás actuaciones notariales, causarán los siguientes derechos:

Acto Valor
Certificaciones COP$2.900
Notas de referencia COP$1.800
Copias autenticas COP$3.900
Testimonio norial COP$2.000
Firma Digital COP$7.200
Declaración extra proceso COP$13.800
Constancia Escritura Pública COP$7.100

2 Ibidem.1 Con la solicitud de trámite se aportará el documento o documentos auténticos que sirvan de soporte al pasivo declarado.

(iii)            Asuntos de familia

Los asuntos de familia que se realicen ante notario, causarán los siguientes derechos:

Acto Valor
Inventario de menores Calculado sobre el valor de los bienes.
Capitulaciones Calculado sobre el valor de los bienes.
Matrimonio en el despacho notarial COP$44.900
Matrimonio fuera del despacho notarial COP$121.100
Matrimonio en el Exterior COP$44.900
Firma Digital COP$7.200
Liquidación sociedad conyugal y unión marital de

hecho cuyos bienes no exceda 15SMLMV

COP$62.700
Liquidación sociedad conyugal y unión marital de

hecho cuyos bienes superen 15SMLMV

Tarifa única de 3.5×1.000
Testamento cerrado COP$62.700
Protocolización del proceso judicial de sucesión

cuyos bienes no exceda 15SMLMV

COP$62.700
Protocolización del proceso judicial de sucesión

cuyos bienes superen 15SMLMV

Tarifa única de 3.5×1.000
Actas de admisión o devolución en trámites

sucesorales.

COP$13.800

(iv)            Sociedades

Los documentos relacionados con las sociedades que deban ser elevados a escritura pública, causarán los siguientes derechos:

Acto Valor
Constitución Se causará con base en el capital suscrito. Para las sociedades por acciones, se causarán con base

capital autorizado.

Reforma estatutaria aumento de capital Se causará con base en el aumento realizado.
Fusión Se causarán tomando como base el capital de la

nueva sociedad o de la absorbente.

Escisión de sociedades. COP$62.700
Cambio de razón social COP$62.700
Liquidación Se causarán con base el activo líquido.
Constitución y reformas estatutarias de

empresas industriales y comerciales del Estado

Se causarán sobre la base de los aportes de las entidades no exentas que intervengan en el acto
Constitución y reformas estatutarias de sociedades de economía mixta Se causarán sobre la base de los aportes de los particulares y de las entidades no exentas que

intervengan en el acto

(v)               Negocio fiduciario

Los documentos relacionados con los negocios fiduciarios que deban ser elevados a escritura pública, causarán los siguientes derechos:

Acto Valor
Fiducia mercantil, con bienes cuya cuantía sea igual

o inferior a $179.600

COP$21.300.
Fiducia mercantil, con bienes cuya cuantía sea

superior a $179.600

Tarifa única de 3×1.000
Fiducia en garantía Lo dispuesto para hipotecas.
Fiducia de administración Se causará con base en la remuneración

de la fiduciaria. 3

(vi)            Leasing

Los documentos relacionados con los contratos de leasing que deban ser elevados a escritura pública, causarán los siguientes derechos:

Acto Valor
Cuando las obligaciones emanadas de lo declarado

consistan en prestaciones periódicas de plazo

Se causarán teniendo en cuenta la cuantía

total de tales prestaciones

Opción de compra Se tomará como base el saldo que le reste

por pagar

Contrato de leasing sin escritura pública.

Se causarán valor del acto o, para inmuebles cuando la cuantía del acto sea inferior a la del avalúo catastral, al autoavalúo o al valor del remate, se liquidarán con base en el concepto de los mencionados que presente el mayor

valor.

(vii)          Hipotecas

Sobre la constitución o cancelación de hipotecas, se causarán los siguientes derechos notariales:

Acto Valor
Hipotecas abiertas con límite de cuantía. Se causarán con base en el límite de cuantía.
Hipotecas sin límite de cuantía. Se causarán con base en el cupo o monto

de crédito aprobado.

Venta con hipoteca abierta sin límite de cuantía. Se causarán con base en el valor de venta.
Cancelación de hipotecas abiertas. Se causarán con base en el monto de su

constitución.

3 Esto se aplicará siempre y cuando no sean transferidos bienes inmuebles.

Cancelaciones parciales de hipotecas. Se liquidarán con base en el coeficiente

que tenga el inmueble hipotecado

Cancelación de deuda e hipoteca. Será    el    mismo    valor    que    el    de

constitución.

(viii)        Actuaciones fuera de la notaria

 

La prestación del servicio fuera del despacho notarial causará los siguientes derechos:

Acto Valor
Autorización de instrumentos fuera de la cabecera

del círculo

COP$13.800
Autorización de instrumentos en la cabecera del

Círculo

COP$6.800
Suscripción representantes legales entidades

oficiales y particulares

Costo adicional de COP$2.500.

(ix)            Vivienda de interés social (VIS)

Los trámites notariales que se adelanten sobre viviendas VIS, causarán los siguientes derechos:

Acto Valor
Compraventa e hipoteca de VIS Mitad del valor ordinario.
Constitución o modificación de hipoteca para la adquisición de vivienda individual con crédito a favor de un participante en el sistema especializado

de financiación de vivienda

70% del valor ordinario.
Constitución o modificación de gravámenes

hipotecarios en VIS subsidiable

10% del valor ordinario
Constitución o modificación de gravámenes

hipotecarios en VIS no subsidiable

40% del valor ordinario
Protocolización de certificados. Sin costo
Fundaciones de asistencia o beneficencia pública

reconocidas por el Estado.

Suma máxima de COP$207.800

(x)               Registro del estado civil de las personas.

Los actos notariales referentes al estado civil de las personas, causarán los siguientes derechos:

Acto Valor
Cambio de nombre COP$44.900
Corrección de errores u omisiones COP$8.300
Inscripción de actos en el domicilio del usuario COP$7.100
Inscripción de actos en clínicas COP$1.800

No duden en contactar a Ana Lucía Rodríguez y/o a Santiago Arias sarias@brickabogados.com si tienen alguna inquietud o si desean ampliación sobre el tema anteriormente expuesto.

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El presente documento es de carácter exclusivamente informativo, por lo cual no constituye asesoría legal y no compromete la responsabilidad ni la opinión profesional de Brick Abogados.